06 de julio

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Charla de Continuidad aborda el Proyecto de Ley de Delitos Económicos

Como parte del ciclo de conversaciones que la Dirección de Alumni del ESE Business School organiza para sus egresados, se realizó una instancia para explicar el impacto en la gestión de las empresas del nuevo Proyecto de Ley de Delitos Económicos.

En la charla expusieron Fernando Bravo, socio a cargo del área Corporativa, y José Andrés Pascual, socio responsable del área de Compliance, ambos de Prieto Abogados.

Alejandra Vila, directora de Alumni, dio la bienvenida a los participantes y agradeció a los expositores por tratar un tema que ha generado tantas dudas en los líderes de las organizaciones.

Luego, Fernando Bravo abrió el tema explicando de qué trata la nueva ley, cuándo se pondrá en marcha y qué cambios son los más significativos y a los que hay que poner mayor atención. Explicó que lo principal es que incluye la categoría de delito económico y que conlleva un catálogo especial de atenuantes y agravantes. "Se establece como una agravante muy calificada el que una persona esté en la primera línea de jerarquía de la empresa, es decir, gerentes y directores", explicó. Otras agravantes serían que el perjuicio cometido supere los 3.1 millones de dólares, que afecte suministro de primera necesidad o bienes de consumo masivo, o que afecte a algún grupo vulnerable de la sociedad.

También, explicó que entre las penas sustitutivas posibles no existe la libertad vigilada y que ninguna aplica en el caso de ser delitos con agravante muy calificada. La Ley, además, incorpora una serie de inhabilitaciones para los condenados (ejercicio de cargos públicos, gerenciales y prohibición de contratar con el Estado), una regulación sobre el comiso de las ganancias derivadas del delito y un sistema de días de multa según el patrimonio o ingreso del condenado.

Por su parte, Bravo comentó que los delitos se tipifican en cuatro categorías, con la novedad de que se considerarán como delitos económicos todos aquellos que hayan sido perpetrados (o hayan actuado como cómplices) en ejercicio de un cargo, función o posición en una empresa o en beneficio económico para una empresa.

Por último, comentó ciertos artículos del Código Penal, la Ley de Sociedades Anónimas y la Ley de Mercado de Valores que han sufrido una trasformación a raíz de esta nueva Ley.

Luego, fue el turno de José Andrés Pascual, quien se centró en los cambios que esta nueva regulación traerá en materia de responsabilidad penal de la persona jurídica. Lo primero en lo que puso énfasis es que actualmente existen cerca de 20 delitos que atribuyen responsabilidad penal a la persona jurídica, pero con la nueva ley el total será de más de 200.

También se amplía la vinculación de personas naturales con la personalidad jurídica e incluye, por ejemplo, a personas que le presten servicios a la persona jurídica gestionando asuntos suyos ante terceros, con o sin su representación. Por otra parte, cambia el sistema de prevención de delitos, incluyendo, entre otros, la eliminación de la figura del Encargado de Prevención Delitos y sustituyéndola por la asignación de uno o más sujetos responsables. "Idealmente en las empresas que tengan el presupuesto, y el tamaño lo amerite, que tengan más de uno y quizás por distintas áreas, con el objeto de acreditar que el modelo es efectivamente adecuado", recomendó.

Para terminar, ahondó en los principales desafíos que presenta la nueva Ley para las empresas y entregó una serie de recomendaciones prácticas, tales como, poner atención a los cuasidelitos de homicidio y lesiones que se pueden dar en tareas riesgosas en la operatividad del negocio o mejorar las medidas de conocimiento previo de todo tercero que forme parte o se relacione de alguna manera con la persona jurídica.