Continuando con el ciclo de charlas de continuidad organizada por la Dirección de Alumni, una nueva sesión se realizó bajo el tema "Filantropía en Tiempos del Covid: Marco Regulatorio luego de la Modernización Tributaria", la cual contó con la exposición de Mario Gorziglia, quien es abogado y socio de Prieto Abogados.
Durante la sesión moderada por Rafael Mies, director de Cátedra Capital Humano del ESE Business School, el abogado analizó los problemas que presenta la filantropía en Chile; cuál es el actual marco regulatorio de las donaciones y sus aspectos tributarios; los cambios incorporados en la modernización tributaria; qué son los endowments y sobre las donaciones en el marco de la pandemia por COVID-19.
Respecto a los problemas de la filantropía, Mario Gorziglia explicó a grandes rasgos que su marco jurídico es extremadamente complejo y disperso, hay un desincentivo tributario, y que además cuenta con eventuales sanciones penales.
Sobre el actual marco regulatorio, el tratamiento de las donaciones se encuentra en el Código Civil y existen leyes específicas que otorgan beneficios y en general focalizadas a áreas puntuales. Eso sí, aclaró que de igual manera hay ámbitos que no están cubiertos como medio ambiente y preservación de recursos, entre otros más.
Continuando con la sesión, el abogado explicó la modernización tributaria partiendo por las modificaciones a los gastos aceptados para fines tributarios. Además, explicó los cambios a las donaciones de personas naturales, los créditos por impuestos pagados en el extranjero y los cambios en fundaciones, corporaciones y organizaciones sin fines de lucro.
Los endowments fue otro tópico que abordó Mario Gorziglia, aclarando que "son un conjunto de activos que se invierten para dar sustentabilidad financiera y permanencia en el tiempo a una fundación". Estos activos tienen un importante desarrollo en países de alto grado de filantropía.
"Respecto a Chile, estos activos no existen jurídicamente, y se han creado en las más variadas formas. Normalmente se utilizan en las mismas fundaciones", aclaró Mario Gorziglia.
Por último, analizó la situación de las donaciones en tiempos de la crisis sanitaria y explicó que existen dos leyes: la ley 16.282 (artículo 7), sobre donaciones a zonas de catástrofes, y la ley 21.207 sobre donaciones a MYPIMES.
La primera tiene como fin satisfacer las necesidades básicas de alimentación; abrigo; habitación; salud, entre otros, en zonas afectadas, y las donaciones pueden ser canalizadas a través de asociaciones gremiales o entes sin personalidad jurídica. Respecto a los beneficios tributarios, está la exención de impuestos a donaciones y de insinuación, los donantes pueden deducirlas como gastos tributarios, no hay límites particulares y hay flexibilidad procedimental, entre otros más.
Finalmente, la segunda ley que mencionó -ley 21.207- se encuentra en régimen transitorio, el registro y la tramitación es digital a través del portal del Ministerio de Economía, los donantes pueden ser cualquier institución, entidad o personas y las donaciones pueden ser en dinero, especies o servicios. Respecto a los beneficios tributarios, está exenta de impuestos y de insinuación, no debe haber relación entre donante y donatario, entre otras más.
La próxima charla de continuidad se realizará el lunes 20 de julio bajo el tema "Cultura de Innovación de Amazon".